Ocho colectivos conservacionistas leoneses denunciaron hoy en un comunicado la falta de valores democráticos de buena pare de la clase política, que defiende los intereses de las empresas eólicas, "por encima de la legalidad", alineándose con "proyectos que los tribunales sitúan fuera del marco legal".
ABC, 27-agosto-2009
Las asociaciones GEDEMOL, URZ, A Morteira, Ecologistas en Acción, Filón Verde, Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica, Plataforma para la Defensa de Gistreo y Tyto Alba han emitido esta nota ante "la batalla mediática que han emprendido los promotores y algunos políticos pretendiendo y consiguiendo influir en la sociedad y en el poder judicial".
Tras la confirmación por instancias judiciales de la ilegalidad de varias actuaciones eólicas, los conservacionistas señalan que el delegado de la Junta de Castilla y León en León, Eduardo Fernández, "culpa a los funcionarios de aquellas irregularidades que se pueden haber cometido en la tramitación de las autorizaciones de los parque eólicos, cómo si fueran éstos quiénes fraccionan los proyectos en fraude de ley y asumiendo funciones que no les corresponden".
Tras destacar su competencia sobre el personal de la Junta, la nota afirma que el delegado "no puede acusar al colectivo de funcionarios de no realizar sus funciones sin pruebas, y pretender descargar sobre ellos una serie de responsabilidades que afectan a cargos políticos de la Junta de Castilla y León y que nadie hasta el momento ha asumido".
Para reordenar el sector eólico, los conservacionistas piden una "moratoria eólica y generar una mesa de trabajo con representación de todos los colectivos implicados que ponga orden y concierto en el actual caos, provocado precisamente por la Administración regional".
Los colectivos anuncian que a pesar de que la Junta promete una paralización temporal de los procesos eólicos, continuarán "con las acciones legales y administrativas que correspondan, para mantener la legalidad y la protección del medio ambiente".
Tras las recientes decisiones judiciales que han puesto coto a actuaciones de la empresas del sector, la Asociación de Promotores de Energía Eólica de Castilla y León (APECYL) ha convocado para hoy una reunión en León, con el fin de defender sus intereses energéticos.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=90356
Centrales eólicas en trámites de instalación
Plazos de finalización de periodos de información pública y enlaces a alegaciones y otras páginas web:
Dique de Zierbena (Bizkaia: Zierbena), 14-mayo, web
Gazume (Gipuzkoa: Errezil, Asteasu, Azpeitia) -LIC, 18-mayo, alegaciones, Web de Gazume
Zanpazu (Álava: Amurrio, Urkabustaiz y Aiala), 18-mayo, alegaciones, Web de Zanpazu
Arkamo (Álava: Ribera Alta) - LIC, 22-mayo, alegaciones
Jesuri (Bizkaia-Alava: Orozko y Llodio), 29-mayo
Canto Blanco (Álava: Ribera Alta), 29-mayo
Jata (Bizkaia: Bakio, Maruri-Jatabe y Mungia), 6-junio, web
Baños de Ebro (Álava: Baños de Ebro); 1-julio
Cruz de Alda (Álava: Arraia-Maeztu, Campezo, San Millán y Valle de Arana) - ZEPA, 17-jul
Montes de Iturrieta (Álava: Arraia-Maeztu, Iruraiz-Gauna, San Millán-Donemiliaga y Barrundia) - LIC, 29-jul
Dique de Zierbena (Bizkaia: Zierbena), 14-mayo, web
Gazume (Gipuzkoa: Errezil, Asteasu, Azpeitia) -LIC, 18-mayo, alegaciones, Web de Gazume
Zanpazu (Álava: Amurrio, Urkabustaiz y Aiala), 18-mayo, alegaciones, Web de Zanpazu
Arkamo (Álava: Ribera Alta) - LIC, 22-mayo, alegaciones
Jesuri (Bizkaia-Alava: Orozko y Llodio), 29-mayo
Canto Blanco (Álava: Ribera Alta), 29-mayo
Jata (Bizkaia: Bakio, Maruri-Jatabe y Mungia), 6-junio, web
Baños de Ebro (Álava: Baños de Ebro); 1-julio
Cruz de Alda (Álava: Arraia-Maeztu, Campezo, San Millán y Valle de Arana) - ZEPA, 17-jul
Montes de Iturrieta (Álava: Arraia-Maeztu, Iruraiz-Gauna, San Millán-Donemiliaga y Barrundia) - LIC, 29-jul
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jueves, 27 de agosto de 2009
martes, 11 de agosto de 2009
La presión ecologista obliga a la Junta a detener un parque eólico en Omaña, León
El delegado territorial en funciones firmará hoy la orden para paralizar las obras que se acometen en una zona de urogallos, ante la denuncia de un agente ambiental
Diario de León, 11-agosto-2009
La Junta de Castilla y León ordenará hoy la paralización de las obras que se acometen en la montaña de Omaña para instalar un nuevo parque eólico con 18 aerogeneradores en los términos municipales de Riello, Valdesamario y Villagatón. Es la primera medida cautelar que adopta la Administración autonómica después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León haya anulado la autorización para levantar otro parque en Omaña y suspendido cautelarmente otros tres que afectan, además de a la comarca omañesa, al Alto Bierzo y a La Cepeda.
La presión de los grupos ecologistas y la controversia vecinal han desatado durante las últimas semanas un trasiego de encuentros y actuaciones que desembocarán hoy en una propuesta de resolución que paralizará las obras del parque Valdesamario, con una potencia proyectada de 28.800 kilovatios. La orden, en todo caso, viene derivada de la denuncia tramitada por parte de un agente ambiental de la Junta, que denunció a la promotora del parque por «ocupación del monte», según confirmaron fuentes de la Consejería de Medio Ambiente. La resolución aún no ha sido firmada, pero las mismas fuentes garantizaron que hoy mismo saldrá adelante, una vez que sea firmada por parte del delegado territorial en funciones, cargo que ejerce provisionalmente el secretario territorial.
Desde principios de mes, varias máquinas están trabajando con actividad frenética en el ensanchamiento de los caminos de acceso y en las explanadas para asentar los aerogeneradores, tal y como denunciaron hace escasos días en este periódico varios grupos ecologistas. Se da la circunstancia de que el parque Valdesamario tiene un estudio de impacto ambiental positivo. Sin embargo, es más que previsible que los tribunales suspendan cautelarmente en septiembre este parque, al igual que lo está haciendo, en cadena, con el resto de los que ya han sido autorizados por la Junta. De momento, los magistrados ya han parado cuatro instalaciones basándose en que la Delegación Territorial de la Junta en León tramitó el estudio de impacto de forma fragmentada, de manera que no se incluía ni las redes de evacuación de energía eléctrica ni las subestaciones colectoras de distribución. Como estos cuatro parques, hay otros ocho más en el entorno que ya han sido aprobados por la Junta y recurridos por unos u otros colectivos ecologistas.
Responsables de SEO/BirdLife sospechan que la actuación de la empresa «puede entenderse como adelantarse a este auto, a la vista que los tribunales están suspendiendo definitivamente o cautelarmete todos los parques autorizados en este área».
http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=470743
Diario de León, 11-agosto-2009
La Junta de Castilla y León ordenará hoy la paralización de las obras que se acometen en la montaña de Omaña para instalar un nuevo parque eólico con 18 aerogeneradores en los términos municipales de Riello, Valdesamario y Villagatón. Es la primera medida cautelar que adopta la Administración autonómica después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León haya anulado la autorización para levantar otro parque en Omaña y suspendido cautelarmente otros tres que afectan, además de a la comarca omañesa, al Alto Bierzo y a La Cepeda.
La presión de los grupos ecologistas y la controversia vecinal han desatado durante las últimas semanas un trasiego de encuentros y actuaciones que desembocarán hoy en una propuesta de resolución que paralizará las obras del parque Valdesamario, con una potencia proyectada de 28.800 kilovatios. La orden, en todo caso, viene derivada de la denuncia tramitada por parte de un agente ambiental de la Junta, que denunció a la promotora del parque por «ocupación del monte», según confirmaron fuentes de la Consejería de Medio Ambiente. La resolución aún no ha sido firmada, pero las mismas fuentes garantizaron que hoy mismo saldrá adelante, una vez que sea firmada por parte del delegado territorial en funciones, cargo que ejerce provisionalmente el secretario territorial.
Desde principios de mes, varias máquinas están trabajando con actividad frenética en el ensanchamiento de los caminos de acceso y en las explanadas para asentar los aerogeneradores, tal y como denunciaron hace escasos días en este periódico varios grupos ecologistas. Se da la circunstancia de que el parque Valdesamario tiene un estudio de impacto ambiental positivo. Sin embargo, es más que previsible que los tribunales suspendan cautelarmente en septiembre este parque, al igual que lo está haciendo, en cadena, con el resto de los que ya han sido autorizados por la Junta. De momento, los magistrados ya han parado cuatro instalaciones basándose en que la Delegación Territorial de la Junta en León tramitó el estudio de impacto de forma fragmentada, de manera que no se incluía ni las redes de evacuación de energía eléctrica ni las subestaciones colectoras de distribución. Como estos cuatro parques, hay otros ocho más en el entorno que ya han sido aprobados por la Junta y recurridos por unos u otros colectivos ecologistas.
Responsables de SEO/BirdLife sospechan que la actuación de la empresa «puede entenderse como adelantarse a este auto, a la vista que los tribunales están suspendiendo definitivamente o cautelarmete todos los parques autorizados en este área».
http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=470743
jueves, 6 de agosto de 2009
SEO/BirdLife solicita la paralización de parque eólico en León en zona de urogallos
SEO/BirdLife ha solicitado hoy a la Junta Castilla y León la paralización urgente de las obras del parque eólico Valdesamario, en un espacio en el que confluyen las comarcas de La Cepeda, Omaña y El Bierzo, en León, y con gran valor ecológico.
ABC, 6-agosto-2009.
El parque, según un comunicado de SEO/BirdLife, afectará gravemente a la zona de especial protección para las aves (ZEPA) de Omañas, en León, y su instalación ya ha sido recurrida por los conservacionistas, que solicitan una paralización cautelar en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La empresa, "con el consentimiento de la Junta, aprovechando las vacaciones judiciales, ha comenzado las obras buscando los hechos consumados", ha denunciado SEO/Birdlife.
El parque eólico tendrá afecciones irreparables sobre el espacio protegido y sobre el urogallo cantábrico, especie que se encuentra en peligro de extinción, según esta organización.
SEO/BirdLife espera para septiembre un auto en el que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad se pronuncie sobre la paralización, hasta que se dicte sentencia.
Asimismo, cree que "la actuación de la empresa puede entenderse como adelantarse a este auto a la vista que los tribunales están suspendiendo definitivamente o cautelarmente todos los parques eólicos autorizados en el área".
Según Juan Carlos Atienza, director de Conservación de SEO/BirdLife, "la empresa está actuando con mala fe y temeridad al empezar las obras durante las vacaciones judiciales, cuando los tribunales tienen que fallar en septiembre sobre la suspensión de la autorización de este parque" La sala que tiene que tomar la decisión judicial ya ha suspendido cuatro parques eólicos que afectan a la ZEPA de Omañas y ha indicado que todos estos parques "han sido mal evaluados y autorizados".
SEO/BirdLife no descarta emprender actuaciones legales por la vía penal, en el caso de que se produzcan daños irreversibles en el hábitat del urogallo.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=73052
ABC, 6-agosto-2009.
El parque, según un comunicado de SEO/BirdLife, afectará gravemente a la zona de especial protección para las aves (ZEPA) de Omañas, en León, y su instalación ya ha sido recurrida por los conservacionistas, que solicitan una paralización cautelar en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
La empresa, "con el consentimiento de la Junta, aprovechando las vacaciones judiciales, ha comenzado las obras buscando los hechos consumados", ha denunciado SEO/Birdlife.
El parque eólico tendrá afecciones irreparables sobre el espacio protegido y sobre el urogallo cantábrico, especie que se encuentra en peligro de extinción, según esta organización.
SEO/BirdLife espera para septiembre un auto en el que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad se pronuncie sobre la paralización, hasta que se dicte sentencia.
Asimismo, cree que "la actuación de la empresa puede entenderse como adelantarse a este auto a la vista que los tribunales están suspendiendo definitivamente o cautelarmente todos los parques eólicos autorizados en el área".
Según Juan Carlos Atienza, director de Conservación de SEO/BirdLife, "la empresa está actuando con mala fe y temeridad al empezar las obras durante las vacaciones judiciales, cuando los tribunales tienen que fallar en septiembre sobre la suspensión de la autorización de este parque" La sala que tiene que tomar la decisión judicial ya ha suspendido cuatro parques eólicos que afectan a la ZEPA de Omañas y ha indicado que todos estos parques "han sido mal evaluados y autorizados".
SEO/BirdLife no descarta emprender actuaciones legales por la vía penal, en el caso de que se produzcan daños irreversibles en el hábitat del urogallo.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=73052
miércoles, 5 de agosto de 2009
El TSJ deja en suspenso la instalación de doce parques eólicos ya autorizados en la montaña de León
La primera sentencia contra la red de aerogeneradores proyectada en Omaña y La Cepeda condena a la Junta por minimizar su impacto y puede provocar un «efecto cadena» en los parques impugnados
Diario de León, 24-julio-2009
Es la primera vez que un tribunal se pronuncia en contra de las autorizaciones de nuevos parques eólicos en Castilla y León. Y resuelve que evaluar el impacto ambiental de cada uno de ellos sin tener en cuenta los que ya funcionan o funcionarán en su entorno es ilegal. Es lo que, en términos administrativos, se ha denunciado como una fragmentación de proyectos para eludir la normativa ambiental y eléctrica.
Es decir, el tribunal reprueba, por un lado, la política ambiental de la Junta por dar de paso un proyecto eólico que sólo recogía la instalación de aerogeneradores, sin incluir las líneas eléctricas de evacuación de energía ni la subestación colectora, y no tener en cuenta, además, los otros parques eólicos que se estaban tramitando en un radio de diez kilómetros. Esta situación permite que las empresas dividan un gran proyecto en varias partes de forman que no superen una producción de 50 Mw de potencia. Las empresas que cumplen estos criterios acceden a los beneficios previstos en el régimen especial del mercado eléctrico y, además, sus proyectos son evaluados por la Junta y no por el ministerio, como correspondería si superaran esos 50 Mw de potencia producida.
La sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha fallado contra Endesa Cogeneración y Renovables S.A. y la Junta de Castilla y León en un viejo pleito por la instalación del parque eólico Murias II, proyectado en los altos del municipio omañés de Murias de Paredes.
La sentencia, cuya ponente ha sido Ana María Martínez, ligada a otras resoluciones de tono similiar con San Glorio y los cielos abiertos de Laciana, desestima el recurso interpuesto por Endesa y la Junta contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León, contraria al citado parque. Esta sentencia, contra la que sólo cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, es contundente en cada una de sus trece folios y ahora deja en suspenso todos los parques eólicos de Omaña y La Cepeda que han sido autorizados por la Junta y recurridos por la entidad SEO/Birdlife, primero en alzada ante la Consejería de Economía y Empleo y a continuación ante el TSJ. Según los datos recabados por este periódico, actualmente hay en León doce proyectos de parques recurridos ante el citado tribunal por razones similares a las que motivaron la reciente sentencia.
«Es un precedente, no sólo en León, sino en Castilla y León», afirmó el letrado leonés Carlos González-Antón Álvarez, que actuó en nombre de la Asociación para el Estudio y Protección de la Naturaleza URZ. Puesto que Murias II fue el primer parque recurrido, los demandantes esperan que la decisión de los jueces suponga un efecto en cadena para las otras doce resoluciones pendientes. La sentencia cuestiona cómo la Junta autoriza estos proyectos, define criterios sobre las áreas de interés ecológico y sobre la concentración de proyectos industriales en estos espacios.
Zona altamente protegida. La presencia del águila real, el urogallo y la perdiz pardilla motivaron en el 2004 la declaración de la zona en litigio como Lugar de Interés Comunitario (LIC) y, por lo tanto, especialmente protegido por la máxima autoridad ambiental europea. El tribunal rechaza que las medidas de protección de las correspondientes directivas sólo puedan adoptarse una vez que se haya clasificado un territorio como zona de protección especial, «pues entonces no se podrían alcanzar los objetivos de protección» formulados por estas normas. Es el argumento que utilizaron Junta y Endesa para basar su recurso.
No se evaluó como un conjunto . Endesa Cogeneración y Renovables S.A. y la Junta de Castilla y León apelaron que el proyecto de Murias II se ubicaba en una zona «con sensibilidad ecológica baja» y que en el momento de dictarse la resolución recurrida, la comarca de Omaña no estaba incluida en Zona de Especial Protección de Aves (Zepa). Además, la Administración autonómica considera que el proyecto de los 18 parques que evacuarán en la futura subestación de Villameca -”doce de ellos son los que están recurridos-” no puede considerarse un fraccionamiento de un conjunto «porque la titularidad de algunos parques pertenece a empresas totalmente distintas».
La sentencia es aplastante. Respecto al primer asunto, asegura que «no cabe duda» que la zona donde se proyecta instalar el parque en litigio es un «área de sensibilidad ecológica». «Y lo era cuando se solicitó y obtuvo la declaración de impacto ambiental como cuando se otorgó la autorización ambiental recurrida». En cuanto al segundo tema, la conclusión de los magistrados también es muy clara: «El parque eólico Murias II no es un parque, sino una parte de un parque porque en sí mismo no es autosuficiente para cumplir la finalidad que le es propia». «En la evaluación de impacto ambiental de proyectos como el aquí examinado -”añade la sentencia-” se han de tener en cuenta los efectos sinérgicos y acumulativos de las demás instalaciones existentes, de la línea de evacuación general y de la subestación colectora». Es decir, en la evaluación ambiental la Junta está obligada a tomar en consideración todos los elementos que el parque eólico precise para que funcione, así como su incidencia en relación con los demás existentes. «Esta información no sólo es exigible cuando hay otros parques de la misma empresa, sino también cuando la titularidad de los parques corresponda a empresas distintas o se encuentren en términos municipales diferentes o no estén todavía autorizados pero se estén tramitando». Por esta razón, todas las autorizaciones realizadas en este sentido se habrían realizado de forma ilegal.
Al delegado no le competía . La sentencia del TSJ avala la dictada por el juzgado de León y declara la nulidad de la autorización para la instalción del parque eólico Murias II. Los magistrados ponen de relieve que la resolución del delegado territorial de la Junta en León en mayo del 2004, que desestimó el recurso de alzada para paralizar el parque, «es nula de pleno derecho» porque no era el órgano competente.
http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=467440
Diario de León, 24-julio-2009
Es la primera vez que un tribunal se pronuncia en contra de las autorizaciones de nuevos parques eólicos en Castilla y León. Y resuelve que evaluar el impacto ambiental de cada uno de ellos sin tener en cuenta los que ya funcionan o funcionarán en su entorno es ilegal. Es lo que, en términos administrativos, se ha denunciado como una fragmentación de proyectos para eludir la normativa ambiental y eléctrica.
Es decir, el tribunal reprueba, por un lado, la política ambiental de la Junta por dar de paso un proyecto eólico que sólo recogía la instalación de aerogeneradores, sin incluir las líneas eléctricas de evacuación de energía ni la subestación colectora, y no tener en cuenta, además, los otros parques eólicos que se estaban tramitando en un radio de diez kilómetros. Esta situación permite que las empresas dividan un gran proyecto en varias partes de forman que no superen una producción de 50 Mw de potencia. Las empresas que cumplen estos criterios acceden a los beneficios previstos en el régimen especial del mercado eléctrico y, además, sus proyectos son evaluados por la Junta y no por el ministerio, como correspondería si superaran esos 50 Mw de potencia producida.
La sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha fallado contra Endesa Cogeneración y Renovables S.A. y la Junta de Castilla y León en un viejo pleito por la instalación del parque eólico Murias II, proyectado en los altos del municipio omañés de Murias de Paredes.
La sentencia, cuya ponente ha sido Ana María Martínez, ligada a otras resoluciones de tono similiar con San Glorio y los cielos abiertos de Laciana, desestima el recurso interpuesto por Endesa y la Junta contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León, contraria al citado parque. Esta sentencia, contra la que sólo cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, es contundente en cada una de sus trece folios y ahora deja en suspenso todos los parques eólicos de Omaña y La Cepeda que han sido autorizados por la Junta y recurridos por la entidad SEO/Birdlife, primero en alzada ante la Consejería de Economía y Empleo y a continuación ante el TSJ. Según los datos recabados por este periódico, actualmente hay en León doce proyectos de parques recurridos ante el citado tribunal por razones similares a las que motivaron la reciente sentencia.
«Es un precedente, no sólo en León, sino en Castilla y León», afirmó el letrado leonés Carlos González-Antón Álvarez, que actuó en nombre de la Asociación para el Estudio y Protección de la Naturaleza URZ. Puesto que Murias II fue el primer parque recurrido, los demandantes esperan que la decisión de los jueces suponga un efecto en cadena para las otras doce resoluciones pendientes. La sentencia cuestiona cómo la Junta autoriza estos proyectos, define criterios sobre las áreas de interés ecológico y sobre la concentración de proyectos industriales en estos espacios.
Zona altamente protegida. La presencia del águila real, el urogallo y la perdiz pardilla motivaron en el 2004 la declaración de la zona en litigio como Lugar de Interés Comunitario (LIC) y, por lo tanto, especialmente protegido por la máxima autoridad ambiental europea. El tribunal rechaza que las medidas de protección de las correspondientes directivas sólo puedan adoptarse una vez que se haya clasificado un territorio como zona de protección especial, «pues entonces no se podrían alcanzar los objetivos de protección» formulados por estas normas. Es el argumento que utilizaron Junta y Endesa para basar su recurso.
No se evaluó como un conjunto . Endesa Cogeneración y Renovables S.A. y la Junta de Castilla y León apelaron que el proyecto de Murias II se ubicaba en una zona «con sensibilidad ecológica baja» y que en el momento de dictarse la resolución recurrida, la comarca de Omaña no estaba incluida en Zona de Especial Protección de Aves (Zepa). Además, la Administración autonómica considera que el proyecto de los 18 parques que evacuarán en la futura subestación de Villameca -”doce de ellos son los que están recurridos-” no puede considerarse un fraccionamiento de un conjunto «porque la titularidad de algunos parques pertenece a empresas totalmente distintas».
La sentencia es aplastante. Respecto al primer asunto, asegura que «no cabe duda» que la zona donde se proyecta instalar el parque en litigio es un «área de sensibilidad ecológica». «Y lo era cuando se solicitó y obtuvo la declaración de impacto ambiental como cuando se otorgó la autorización ambiental recurrida». En cuanto al segundo tema, la conclusión de los magistrados también es muy clara: «El parque eólico Murias II no es un parque, sino una parte de un parque porque en sí mismo no es autosuficiente para cumplir la finalidad que le es propia». «En la evaluación de impacto ambiental de proyectos como el aquí examinado -”añade la sentencia-” se han de tener en cuenta los efectos sinérgicos y acumulativos de las demás instalaciones existentes, de la línea de evacuación general y de la subestación colectora». Es decir, en la evaluación ambiental la Junta está obligada a tomar en consideración todos los elementos que el parque eólico precise para que funcione, así como su incidencia en relación con los demás existentes. «Esta información no sólo es exigible cuando hay otros parques de la misma empresa, sino también cuando la titularidad de los parques corresponda a empresas distintas o se encuentren en términos municipales diferentes o no estén todavía autorizados pero se estén tramitando». Por esta razón, todas las autorizaciones realizadas en este sentido se habrían realizado de forma ilegal.
Al delegado no le competía . La sentencia del TSJ avala la dictada por el juzgado de León y declara la nulidad de la autorización para la instalción del parque eólico Murias II. Los magistrados ponen de relieve que la resolución del delegado territorial de la Junta en León en mayo del 2004, que desestimó el recurso de alzada para paralizar el parque, «es nula de pleno derecho» porque no era el órgano competente.
http://www.diariodeleon.es/noticias/noticia.asp?pkid=467440
viernes, 24 de julio de 2009
La Plataforma para la Defensa de Gistreo (León) iniciará una campaña informativa contra el Parque Eólico de Quintana
La Plataforma para la Defensa de Gistreo (PDG) iniciará de forma "inmediata" una campaña de información a ciudadanos e instituciones vinculadas a la Sierra de Gistreo sobre su posicionamiento contrario al Parque Eólico de Quintana, ante la situación de "falta de información creada por el promotor y las diferentes instituciones implicadas".
Europa Press, 24-julio-2009.
Por este motivo, la Plataforma ha solicitado a todos los grupos políticos con representación en los ayuntamientos de Noceda del Bierzo, Toreno e Igüeña mantener una reunión de trabajo abierta para intercambiar datos y posiciones sobre el proyecto eólico. Al respecto, la PDG manifestó en una nota recogida por Europa Press que la democracia, aparte de presentarse a elecciones y salir elegido alcalde o concejal, consiste en un ejercicio de respeto a todas las posiciones de tus conciudadanos y ejercer la transparencia debida en los actos de las Administraciones Públicas. Del mismo modo, opinó que en el caso del Parque Eólico de Quintana la transparencia "ha brillado por su ausencia de una forma totalmente arbitraria", motivo por el cual se plantean los encuentros con los representantes políticos de la zona. Además, se ha realizado una petición en este mismo sentido a todas las juntas vecinales implicadas en el proyecto, las de Noceda del Bierzo, Pardamaza, Igüeña, Quintana de Fuseros, Robledo de las Traviesas, Villar de las Traviesas y Urdiales de Colinas. En el momento actual, con el parque autorizado por parte de la Junta de Castilla y León, la Plataforma afirmó no conocer aspectos "fundamentales" del proyecto como los datos económicos, sociales, ambientales y energéticos. "Pedimos una vez más transparencia y claridad a las instituciones implicadas en este proyecto y que se informe a todos los ciudadanos sobre el proyecto", puntualizó.

Europa Press, 24-julio-2009.
Por este motivo, la Plataforma ha solicitado a todos los grupos políticos con representación en los ayuntamientos de Noceda del Bierzo, Toreno e Igüeña mantener una reunión de trabajo abierta para intercambiar datos y posiciones sobre el proyecto eólico. Al respecto, la PDG manifestó en una nota recogida por Europa Press que la democracia, aparte de presentarse a elecciones y salir elegido alcalde o concejal, consiste en un ejercicio de respeto a todas las posiciones de tus conciudadanos y ejercer la transparencia debida en los actos de las Administraciones Públicas. Del mismo modo, opinó que en el caso del Parque Eólico de Quintana la transparencia "ha brillado por su ausencia de una forma totalmente arbitraria", motivo por el cual se plantean los encuentros con los representantes políticos de la zona. Además, se ha realizado una petición en este mismo sentido a todas las juntas vecinales implicadas en el proyecto, las de Noceda del Bierzo, Pardamaza, Igüeña, Quintana de Fuseros, Robledo de las Traviesas, Villar de las Traviesas y Urdiales de Colinas. En el momento actual, con el parque autorizado por parte de la Junta de Castilla y León, la Plataforma afirmó no conocer aspectos "fundamentales" del proyecto como los datos económicos, sociales, ambientales y energéticos. "Pedimos una vez más transparencia y claridad a las instituciones implicadas en este proyecto y que se informe a todos los ciudadanos sobre el proyecto", puntualizó.

IMPACTO AMBIENTAL "GRAVÍSIMO"
En el análisis realizado por la Plataforma se pone de manifiesto que, además del impacto ambiental "gravísimo" para los ecosistemas de la Sierra de Gistreo, se podrían producir "distorsiones" de carácter económico para las localidades implicadas. "Solicitamos huir de la economía de los números tontos", agregó.
En este sentido, explicó que la escasa incidencia en el empleo que suponen los parques eólicos y su elevado impacto visual sobre los montes podría provocar una "importante minusvaloración de los activos inmuebles" situados en los municipios, al "perder una parte importante de su atractivo y valor económico" vinculado directamente al paisaje y el entorno.
Otro de los aspectos económicos sobre los que el parque eólico incidiría, a su juicio, de forma negativa, es la explotación cinegética de la sierra. "En la actualidad el ocio y el turismo cinegético se han convertido en fuente de ingresos para las instituciones y habitantes de los pueblos de la Sierra de Gistreo", aseguró y precisó que el parque afectaría de forma "grave" a siete cotos de caza ubicados en tres municipios.
Al respecto, indicó que diversos estudios indican la "huída inmediata" de las especies cinegéticas durante el período de construcción de un parque eólico, concretamente en este caso, prevista para una duración de dos a tres años y en la fase de explotación, se apunta una alta desaparición y mortalidad de los animales debido al estrés ocasionado por el ruido, "lo que harían inviable" la explotación de la mayor parte de los cotos de caza.
"IMPEDIR LA MUERTE" DE LA ZONA
"Todos estos datos hacen que en un análisis económico del proyecto eólico Quintana los datos sean negativos en su impacto y pueden ahondar aún todavía más en el hundimiento de la economía de la zona", enfatizó, motivo por el cual reiteró su "firme oposición" y su compromiso de recurrir administrativa y judicialmente el proyecto para "impedir la muerte efectiva" de la zona.
Por último añadir que respecto a la sentencia del TSJ contra el parque eólico Murias II, desde la Plataforma consideramos muy importante la misma, y podría ser un antecedente de hecho respecto de los parque eólicos planteados en la Sierra de Gistreo y Coto, al encontrar coincidencias entre los puntos de la sentencia y lo ocurrido en la tramitación de los proyectos eólicos de la Sierra de Gistreo y Coto.
Además desde la Plataforma queremos felicitar a los grupos ecologistas que han conseguido que con esta sentencia judicial se ponga de relieve la importancia de nuestro entorno ambiental y una correcta valoración ambiental de los proyectos.
En el análisis realizado por la Plataforma se pone de manifiesto que, además del impacto ambiental "gravísimo" para los ecosistemas de la Sierra de Gistreo, se podrían producir "distorsiones" de carácter económico para las localidades implicadas. "Solicitamos huir de la economía de los números tontos", agregó.
En este sentido, explicó que la escasa incidencia en el empleo que suponen los parques eólicos y su elevado impacto visual sobre los montes podría provocar una "importante minusvaloración de los activos inmuebles" situados en los municipios, al "perder una parte importante de su atractivo y valor económico" vinculado directamente al paisaje y el entorno.
Otro de los aspectos económicos sobre los que el parque eólico incidiría, a su juicio, de forma negativa, es la explotación cinegética de la sierra. "En la actualidad el ocio y el turismo cinegético se han convertido en fuente de ingresos para las instituciones y habitantes de los pueblos de la Sierra de Gistreo", aseguró y precisó que el parque afectaría de forma "grave" a siete cotos de caza ubicados en tres municipios.
Al respecto, indicó que diversos estudios indican la "huída inmediata" de las especies cinegéticas durante el período de construcción de un parque eólico, concretamente en este caso, prevista para una duración de dos a tres años y en la fase de explotación, se apunta una alta desaparición y mortalidad de los animales debido al estrés ocasionado por el ruido, "lo que harían inviable" la explotación de la mayor parte de los cotos de caza.
"IMPEDIR LA MUERTE" DE LA ZONA
"Todos estos datos hacen que en un análisis económico del proyecto eólico Quintana los datos sean negativos en su impacto y pueden ahondar aún todavía más en el hundimiento de la economía de la zona", enfatizó, motivo por el cual reiteró su "firme oposición" y su compromiso de recurrir administrativa y judicialmente el proyecto para "impedir la muerte efectiva" de la zona.
Por último añadir que respecto a la sentencia del TSJ contra el parque eólico Murias II, desde la Plataforma consideramos muy importante la misma, y podría ser un antecedente de hecho respecto de los parque eólicos planteados en la Sierra de Gistreo y Coto, al encontrar coincidencias entre los puntos de la sentencia y lo ocurrido en la tramitación de los proyectos eólicos de la Sierra de Gistreo y Coto.
Además desde la Plataforma queremos felicitar a los grupos ecologistas que han conseguido que con esta sentencia judicial se ponga de relieve la importancia de nuestro entorno ambiental y una correcta valoración ambiental de los proyectos.
jueves, 23 de julio de 2009
TSJ falla contra Endesa y rechaza instalar una eólica en montañas leonesas
León, 23 jul (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha fallado contra Endesa en un pleito por la instalación de un parque eólico en montañas leonesas, sentencia que define criterios sobre las áreas de interés ecológico y sobre la ubicación de proyectos distintos en una misma zona, según fuentes jurídicas.
EFE, 23-julio-2009
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, desestima el recurso interpuesto por Endesa Cogeneración y Renovables S.A. y la Junta de Castilla y León contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León, contraria a la autorización para la instalación del Parque Eólico "Murias II" en el término de Murias de Paredes (León).
En el texto judicial se señala que, en una zona de gran valor ecológico, se simultanea la instalación de una veintena de proyectos de parques eólicos.
La Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo, analiza las legislaciones autonómica, estatal y europea en materia de protección de aves silvestres -el parque se halla en un espacio con urogallo, águila real o perdiz pardilla, entre otras especies- y dice que el lugar donde se pretende instalar es Área de Sensibilidad Ecológica.
También entra en el fondo de la cuestión sobre la fragmentación de proyectos y recuerda que el proyecto presentado no incluyó "información acerca de la red de transporte de energía eléctrica de evacuación, ni se toman en consideración los dieciocho parques eólicos que se estaban tramitando en un radio de diez kilómetros".
"En la evaluación de impacto ambiental de proyectos como el aquí examinado se han de tener en cuenta los efectos sinérgicos y acumulativos de las demás instalaciones existentes, de la línea de evacuación general y de la subestación colectora", dice la sentencia.
Esa información no sólo es exigible -advierte la resolución judicial- cuando hay otros parques de la misma empresa, sino también cuando "la titularidad de los parques corresponda a empresas distintas o se encuentren en términos municipales diferentes o no estén todavía autorizados pero se estén tramitando".
La Administración apelante reconoce que en la actualidad existe una previsión de una serie de dieciocho parques eólicos, por lo que "el parque eólico Murias II no es un parque sino una parte de un parque porque en sí mismo no es autosuficiente para cumplir la finalidad que le es propia", dice la sentencia.
Por todo ello, el Tribunal desestima los recursos de apelación interpuestos por Endesa y la Comunidad Autónoma, a quienes impone la mitad de las costas causadas a la parte apelada.
El letrado Carlos González-Antón Álvarez, que actúa en nombre de la Asociación de la Estudio y Protección de la Naturaleza Urz, y cuenta con el apoyo de otros grupos conservacionistas como Seo/Birdlife y Tambarón, la sentencia es "muy trascendente, entra en el fondo de la cuestión y puede hacer caer en cadena otros proyectos cuestionados en España".
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=58634
EFE, 23-julio-2009
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, desestima el recurso interpuesto por Endesa Cogeneración y Renovables S.A. y la Junta de Castilla y León contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León, contraria a la autorización para la instalación del Parque Eólico "Murias II" en el término de Murias de Paredes (León).
En el texto judicial se señala que, en una zona de gran valor ecológico, se simultanea la instalación de una veintena de proyectos de parques eólicos.
La Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo, analiza las legislaciones autonómica, estatal y europea en materia de protección de aves silvestres -el parque se halla en un espacio con urogallo, águila real o perdiz pardilla, entre otras especies- y dice que el lugar donde se pretende instalar es Área de Sensibilidad Ecológica.
También entra en el fondo de la cuestión sobre la fragmentación de proyectos y recuerda que el proyecto presentado no incluyó "información acerca de la red de transporte de energía eléctrica de evacuación, ni se toman en consideración los dieciocho parques eólicos que se estaban tramitando en un radio de diez kilómetros".
"En la evaluación de impacto ambiental de proyectos como el aquí examinado se han de tener en cuenta los efectos sinérgicos y acumulativos de las demás instalaciones existentes, de la línea de evacuación general y de la subestación colectora", dice la sentencia.
Esa información no sólo es exigible -advierte la resolución judicial- cuando hay otros parques de la misma empresa, sino también cuando "la titularidad de los parques corresponda a empresas distintas o se encuentren en términos municipales diferentes o no estén todavía autorizados pero se estén tramitando".
La Administración apelante reconoce que en la actualidad existe una previsión de una serie de dieciocho parques eólicos, por lo que "el parque eólico Murias II no es un parque sino una parte de un parque porque en sí mismo no es autosuficiente para cumplir la finalidad que le es propia", dice la sentencia.
Por todo ello, el Tribunal desestima los recursos de apelación interpuestos por Endesa y la Comunidad Autónoma, a quienes impone la mitad de las costas causadas a la parte apelada.
El letrado Carlos González-Antón Álvarez, que actúa en nombre de la Asociación de la Estudio y Protección de la Naturaleza Urz, y cuenta con el apoyo de otros grupos conservacionistas como Seo/Birdlife y Tambarón, la sentencia es "muy trascendente, entra en el fondo de la cuestión y puede hacer caer en cadena otros proyectos cuestionados en España".
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=58634
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